De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Primera), La Coruña, dictada en el recurso número 380/93, interpuesto por don Luis Berini Díaz, sobre indemnización prevista en la Ley 19/1974.
Madrid, 21 de mayo de 1996.-P. D. (81/96), el Secretario general técnico, Diego Chacón Ortiz.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección general de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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