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Documento BOE-A-1996-14031

Orden de 28 de mayo de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso contencioso-administrativo número 757/1994, interpuesto por «Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 1996, páginas 20056 a 20056 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-14031

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 757/1994, interpuesto por «Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima», contra la Resolución de este Departamento de 27 de enero de 1994, desestimatoria de los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones de la Dirección Provincial de Valencia de 30 de agosto de 1993, sobre reversión de terrenos expropiados para la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto, dictadas en expedientes números 212, 215, 216, 1681, 377, 572, 816, 1270, 1408, 1529 y 1530, se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con fecha 1 de febrero de 1996, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima", contra la Resolución de 27 de enero de 1994, del Ministerio de Industria y Energía, desestimatoria de los recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de 30 de agosto de 1993, de la Dirección Provincial de Valencia, dictadas en los expedientes números 212, 215, 216, 1681, 377, 572, 816, 1270, 1408, 1529 y 1530, sobre reversión de terrenos expropiados para la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto. No se hace expresa imposición de costas.

A su tiempo, con certificación literal de la presente sentencia, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de mayo de 1996.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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