A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera,
Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre de 1996 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:
Emisión / Fecha
de subasta / Tipo de interés efectivo
equivalente al precio
medio ponderado
redondeado
-
Porcentaje
17- 6-1996, al 7,80 por 100, de Bonos del Estado a tres años / 4-6-1996 / 7,957
15- 3-1996, al 8,40 por 100, de Bonos del Estado a cinco años / 5-6-1996 / 8,387
15-12-1993, al 8,20 por 100, de Obligaciones del Estado a quince años / 5-6-1996 / 9,243
2. En consecuencia, el tipo de interés efectivo anual de naturaleza explícita que resulta para el tercer trimestre natural de 1996 a efectos de lo previsto en el artículo 3.º, 1, de la Ley 14/1985, de 29 de mayo, de Régimen Fiscal de Determinados Activos Financieros, determinado conforme establece la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera, es el 5,957 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 6,387 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete, y el 7,243 por 100 si se tratara de activos con plazo superior.
Madrid, 13 de junio de 1996.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
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