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Documento BOE-A-1996-14385

Orden de 6 de junio de 1996 por la que se establece la posibilidad de conceder la protección para obtenciones vegetales cuyos obtentores o causahabientes sean personas naturales o jurídicas con domicilio o residencia en Nueva Zelanda.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 1996, páginas 20339 a 20339 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-14385

TEXTO ORIGINAL

La Ley 12/1975, de 12 de marzo, de Protección de las Obtenciones Vegetales, en su artículo 10, así como el Real Decreto 1674/1977, de 10 de junio, por el que se aprobó el Reglamento General sobre Protección de Obtenciones Vegetales, en su artículo 10, establecen la posibilidad de que los obtentores extranjeros gocen de iguales derechos que los obtentores nacionales, siempre que la legislación de su país aplique el principio de reciprocidad, o que otros Convenios Internacionales suscritos por España así lo establezcan. El mencionado Reglamento estableció que la Comisión de Protección de Obtenciones Vegetales elevaría las propuestas necesarias para que se dicten las disposiciones precisas en las que se establezcan las reciprocidades citadas.

Se ha constatado que, en virtud de la reciprocidad existente en la legislación de aplicación en Nueva Zelanda, los obtentores españoles pueden recibir la protección de obtenciones vegetales establecidas en dicho Estado.

Por ello, y en virtud de la propuesta de la Comisión de Protección de Obtenciones Vegetales, dispongo:

Único.-Podrán concederse títulos de Obtención Vegetal para variedades cuyos obtentores o causahabientes sean personas naturales o jurídicas con domicilio o residencia en Nueva Zelanda.

Para ello, se precisará que esté establecida la protección de obtenciones vegetales para la especie correspondiente en España y Nueva Zelanda, así como que se cumpla todo lo establecido en la Ley 12/1975, de Protección de Obtenciones Vegetales, y la normativa que la desarrolla.

Madrid, 6 de junio de 1996.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación y Director general de Producciones y Mercados Agrícolas.

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