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Documento BOE-A-1996-14410

Orden de 24 de mayo de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 26 de abril de 1996, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/1886/1991, interpuesto por doña María Asunción de la Cámara Torres y otras.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 1996, páginas 20345 a 20345 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-14410

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/1886/1991, interpuesto por doña María Asunción de la Cámara Torres y otras, contra la resolución desestimatoria, presunta por silencio administrativo, del Consejo de Ministros, de la reclamación formulada por las recurrentes el día 18 de diciembre de 1990, cuya demora se denunció el 26 de abril de 1991, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 20 de noviembre de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Asunción de la Cámara Torres, doña Francisca Enrich Galbis, doña Teresa Enrich Galbis, doña Mercedes Esplugas Tomás, doña Rita Fornells Balaguer, doña Manuela González Ventura, doña María Dolores Pablos Riol, doña Mercedes Peiró Callizo, doña Rosa María Ribas Botella, doña Concepción Ruiz Correa, doña María Rosario Puerta Garrido, doña María Pilar Cuesta García, doña Ana María Roig Llop, doña Sebastiana Hidalgo Pesquero, doña Cristina Solano Salgado, doña Josefina Chaparro Amorós, doña María Teresa Vallejo Vázquez, doña María Teresa Nolla Panadés y doña Juana Mayoral López, contra la resolución desestimatoria, presunta por silencio administrativo, del Consejo de Ministros, de la reclamación formulada por las recurrentes el día 18 de diciembre de 1990, cuya demora se denunció el 26 de abril de 1991, resolución que confirmamos, absolviendo expresamente a la Administración de los pedimentos deducidos en la demanda; todo ello sin efectuar expresa declaración respecto de las costas procesales producidas en el presente recurso.»

El Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de abril de 1996, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 24 de mayo de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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