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Documento BOE-A-1996-14423

Orden de 24 de mayo de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 19 de abril de 1996, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/6873/92, interpuesto por doña Isabel Santos Borbujo y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 1996, páginas 20348 a 20348 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-14423

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/6873/92, interpuesto por la representación legal de doña Isabel Santos Borbujo y otros, contra la desestimación presunta por silencio y luego de denunciada la mora e iniciado el presente proceso, contra la resolución expresa del Consejo de Ministros acordada en su reunión de 12 de junio de 1992, que deniega la reclamación de daños y perjuicios formulada por los actores derivados por la anticipación de la edad de su jubilación, acordada en aplicación del artículo 33 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre Medidas de Reforma de la Función Pública, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 23 de noviembre de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de doña Isabel Santos Borbujo, doña María Josefa Álvarez Álvarez, don Jesús Agustín Alonso Espinosa, don Vicente Cebada Santos, doña Carmen González Guerrero, doña María Dolores Arjona Cañaveras, doña Josefa Genoveva Rodríguez Pérez, doña Emilia Gutiérrez Díaz, doña María Dolores Sotorrio Ortiz, doña María Pilar Sanz Polidura, doña Manuela Camus Echevarría, doña Francisca-Julia Sebastián Martínez, doña Antonia-Silvestra Sierra Castañera, don Juan Plana Sala, doña Ángela Badía Sanjuan, doña Josefa Panades Seres, don Mariano Escartín Ascaso, doña María Carmen Barriobero Padilla, doña Carmen Ortigosa Bódalo, don Francisco Javier Ramos Sanz, doña Ángeles Álvarez Ruiz de Viñaspre y doña Martina-Celia Apellaniz del Castillo, contra la desestimación presunta por silencio y luego de denunciada la mora e iniciado el presente proceso, contra la resolución expresa del Consejo de Ministros acordada en su reunión de 12 de junio de 1992, que deniega la reclamación de daños y perjuicios formulada por los actores derivados por la anticipación de la edad de su jubilación, acordada en aplicación del artículo 33 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre Medidas para la Reforma de la Función Pública, cuyas resoluciones debemos confirmar y confirmamos por su adecuación a Derecho, absolviendo expresamente a la Administración de los pedimentos deducidos en la demanda rectora del presente proceso, todo ello sin efectuar expresa declaración respecto de las costas procesales producidas en el presente recurso.»

El Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de abril de 1996, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 24 de mayo de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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