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Documento BOE-A-1996-1460

Resolución de 2 de enero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se hacen públicas las subvenciones estatales anuales abonadas a las diferentes formaciones políticas, con derecho a las mismas, durante el cuarto trimetre del pasado ejercicio 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 1996, páginas 2074 a 2074 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1996-1460

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/1987, el Estado concede a las distintas entidades políticas, con representación en el Congreso de los Diputados, una cantidad anual, en concepto de subvención, que se distribuye entre aquéllas acorde a los resultados obtenidos en las últimas elecciones a la citada Cámara.

Esta financiación pública, que se abona en doce mensualidades, para gastos de mantenimiento ordinario, se concreta en el montante anual incluido en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente, que se consigna en el programa 463A, elecciones y partidos políticos, con cargo al crédito 485.01, financiación a partidos políticos.

Durante el cuarto trimestre de los pasados Presupuestos Generales del Estado para 1995, la mencionada subvención se ha llevado a efecto abonándose las siguientes cantidades:

Partido Socialista Obrero Español: 872.373.708 pesetas.

Partido Popular: 881.091.183 pesetas.

Izquierda Unida: 168.544.209 pesetas.

Convergencia i Unió: 120.550.602 pesetas.

Partido Nacionalista Vasco: 31.556.064 pesetas.

Unión Valenciana: 9.533.511 pesetas.

Partido Aragonés (P.A.R.): 12.481.068.

Partido Socialista de Cataluña (PSC-PSOE): 130.726.623 pesetas.

Unión del Pueblo Navarro. Partido Popular: 14.640.060 pesetas.

Iniciativa per Catalunya: 26.078.100 pesetas.

Coalición Canaria: 23.595.342 pesetas.

Esquerra Republicana de Cataluña: 15.477.933 pesetas.

Eusko Alkartasuna: 8.891.244 pesetas.

Euskal Ezkerra: 2.507.787 pesetas.

Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artículo 81.7, de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley 31/1990 («Boletín Oficial del Estado» número 311, de 28 de diciembre de 1990), con su inserción en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de enero de 1996.-La Secretaría de Estado de Interior, Margarita Robles Fernández.

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