Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 18 de marzo de 1996, por la Sección Quinta de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 5/1.907/1993, promovido por don José Luis Palomino Fernández, contra Resolución expresa de este Ministerio, por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don José Luis Palomino Fernández, contra desestimación presunta, por silencio administrativo, así como contra la desestimación por resolución del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 3 de diciembre de 1993, del recurso de reposición, promovido frente a la Resolución del mismo Ministerio, de 14 de julio de 1992, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes a derecho; sin hacer expresa imposición de costas.»
Lo que digo a V. I., a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 31 de mayo de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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