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La entidad «Plus Ultra, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros», inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, ha presentado, en la Dirección General de Seguros, solicitud de autorización para operar en el ramo de Defensa Jurídica, número 17, de la clasificación establecida en la Disposición Adicional Primera de la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
De la documentación que adjunta la entidad a la solicitud formulada se desprende que «Plus Ultra, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros», ha dado cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente.
En consecuencia, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Seguros, ha acordado:
Autorizar a la entidad «Plus Ultra, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros», para operar en el ramo de Defensa Jurídica, número 17, de la clasificación establecida en la Disposición Adicional Primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 15 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Manuel Conthe Gutiérrez.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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