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Documento BOE-A-1996-14904

Resolución de 13 de junio de 1996, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se resuelve definitivamente el Concurso de Traslados entre el personal laboral fijo de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 4 de marzo de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 28 de junio de 1996, páginas 20947 a 20947 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1996-14904

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 29 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de mayo) se resolvió, con carácter provisional, el concurso de traslados entre el personal laboral fijo de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 4 de marzo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de marzo).

Transcurrido el plazo previsto para efectuar las alegaciones oportunas, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Elevar a definitiva la relación de destinos adjudicados al personal laboral fijo, que consta como anexo de la Resolución de 29 de abril de 1996.

Segundo.-El personal al que se le ha adjudicado plaza deberá cesar en su destino actual en el plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución e incorporarse a su nuevo destino en el plazo máximo de veinte días naturales, si cambia de localidad, o de ocho días naturales en caso contrario, computándose este período como de trabajo efectivo.

El plazo de incorporación contará a partir del cese efectivo en su destino anterior.

Los trabajadores transferidos o en situación distinta a la de activo que hayan obtenido plaza en este concurso deberán incorporarse a la misma, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución definitiva en el «Boletín Oficial del Estado», sin que se considere dicho plazo como de trabajo efectivo, causando efectos económicos exclusivamente a partir de la incorporación efectiva.

Los adjudicatarios vendrán obligados a permanecer en el puesto de trabajo que les hubiera correspondido durante un año, contado desde la incorporación efectiva al mismo. No se admitirán renuncias a las plazas adjudicadas, de acuerdo con lo establecido en la norma séptima de la Resolución de 4 de marzo de 1996.

Tercero.-Como consecuencia de los destinos adjudicados, las plazas no cubiertas se considerarán a los efectos de la próxima Oferta de Empleo Público.

Cuarto.-Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer reclamación previa a la vía judicial, en la forma y plazo establecidos en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Laboral y artículo 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 13 de junio.-El Secretario de Estado de Justicia, José Luis González Montes.

Ilmo. Sr. Director General de Relaciones con la Administración de Justicia.

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