La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 23 de enero de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/845/1993, en el que son partes, de una, como demandante, don Celestino Concepción Guerra, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 9 de noviembre de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 9 de julio de 1992, sobre compatibilidad de actividades.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos:
Primero.-Que estimando el presente recurso número 3/845/1993, interpuesto por la representación de don Celestino Concepción Guerra contra Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de 9 de julio de 1992 y 9 de marzo de 1993, descritas en el primer fundamento de derecho, las anulamos por ser contrarias al ordenamiento jurídico y declaramos el derecho del recurrente a compatibilizar el desempeño de los puestos de trabajo en cuestión, debiendo ser reintegrado al que fue declarado en situación de excedencia, con abono de las retribuciones dejadas de percibir.
Segundo.-No hacemos expresa imposición en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 11 de junio de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime Rodríguez Arana Muñoz.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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