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Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 14 de octubre de 1993, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 2.092/91 promovido por «Pesquerías Españolas de Bacalao, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia, cuya parte dispositiva, dice así:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia, en nombre y representación de "Pesquerías Españolas de Bacalao, Sociedad Anónima" (PEBSA), contra el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debemos declarar y declaramos no ajustado a Derecho por prescripción la Resolución de la Dirección General de Ordenación Pesquera de 13 de noviembre de 1990 y consiguientemente la del propio Ministerio de 26 de septiembre de 1991, todo ello sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 12 de junio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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