Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 29 de abril de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 573/1993, promovido por don Manuel Adsuar Giner y dos más, sobre multa por infracción en materia de pesca marítima, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Sorribes Torra, en nombre y representación de don Manuel Adsuar Giner, doña Francisca Baeza Alavés y don José Gualde Baeza, contra la Resolución de la Dirección General de Ordenación Pesquera de fecha 30 de diciembre de 1988 confirmada en alzada por Resolución del excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha 19 de julio de 1990, debemos declarar y declaramos la disconformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico anulándose en consecuencia. Sin costas.»
Este Ministerio, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de junio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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