Recibida en la Dirección General de Seguridad Industrial, del Departamento de Industria y Energía, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Grupo Consist, Sociedad Anónima», con domicilio social en la carretera de Tárrega, sin número, municipio de Agramunt (Lleida), para la homologación e inscripción en el Registro de saco de papel, marca y modelo «Grupo Consist, Sociedad Anónima», 505911/AAP, fabricado por «Grupo Consist, Sociedad Anónima» en su instalación industrial ubicada en Agramunt.
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la «Eic-Enicre, Eca, Sociedad Anónima», mediante informe certificado y actas con clave 031/013.003, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,
He resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción J-236, y definir, por último, como características técnicas para cada marca/s y modelo/s registrado/s las que se indican a continuación:
Marca y modelo: «Grupo Consist, Sociedad Anónima», 505911/AAP.
Características:
Saco de papel multihoja resistente al agua.
Composición: Dos hojas exterior e intermedia de papel Kraft de 70 g/m, hoja interior de papel Kraft plastificado 70 + 10 g/m. Espesor de plástico de 24 micras.
Medidas (cm): 50 x 59 x 11.
Fondo hexagonal.
Saco con válvula.
Código: 5M2/Z.
Productos autorizados a transportar por carretera (TPC-ADR), ferrocarril (RID-TPF), mar (IMO-IMDG):
Clase 4.1.
Azufre aceitado. Número ONU: 1350.
Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia del mismo, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 29 de mayo de 1998 (Orden de 28 de febrero de 1989).
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 29 de mayo de 1996.-El Director general, Albert Sabala Durán.
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