La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia, con fecha 2 de mayo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.594/1993, en el que son partes, como demandante don César del Amo Galán, y como demandada la Universidad de Valladolid.
El citado recurso se promovió contra las Resoluciones rectorales de la Universidad de Valladolid, de fecha 14, 19 y 26 de mayo y 7 de julio de 1993, por las que se publicaban las listas de aspirantes admitidos y excluidos de algunas de las categorías convocadas a concursos-oposición restringidos, el 13 de marzo.
La parte dispositiva de la citada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo, debemos anular y anulamos, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, las Resoluciones del Rectorado de la Universidad de Valladolid, de 14, 19 y 26 de mayo y 7 de julio de 1993, en cuanto que declararon la exclusión de don César del Amo Galán de los concursos-oposición restringidos, convocados en 13 de marzo anterior, para cubrir las vacantes en la plantilla de personal laboral y, en consecuencia, declaramos su derecho a ser admitido a los concursos; en cuanto a las plazas de Auxiliar de Servicios (Burgos), Auxiliar de Biblioteca (Burgos), Vigilante anexo II, Mozo anexo II y Auxiliar de Servicios anexo II. No hacemos expresa imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
Asimismo, y según lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por parte de la Universidad, se instó a la Sala sobre la posible vía de ejecución de esta sentencia, en cuanto que hace referencia a puestos de trabajo que, desde la promulgación de la Ley 12/1994, de 26 de mayo, se encuentran adscritos a la Universidad de Burgos, puestos sobre los que el Rectorado de la Universidad de Valladolid no tiene competencia alguna.
El 13 de junio de 1996, la Sala de lo Contencioso-Administrativo dicta la siguiente providencia:
«(Visto) El anterior escrito en el que el actor interesan la forma en que ha de ser ejecutada la sentencia, renunciando a su derecho a las plazas de Auxiliar de Servicios (Burgos) y Auxiliar de Biblioteca (Burgos), únase a los autos de su razón y dé su razón y dese traslado a la representación de la Universidad demandada para que se cumpla inmediatamente el fallo en cuanto a los puestos de Vigilante anexo II, Mozo anexo II y Auxiliar de Servicios anexo II.»
En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha dispuesto la publicación de dicho fallo y el cumplimiento en los términos manifestados en la providencia de 13 de junio de la expresada sentencia.
Valladolid, 21 de junio de 1996.-El Rector, Francisco Javier Álvarez Guisasola.
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