En virtud de lo previsto en el artículo 3.º del Real Decreto 1341/1986, de 28 de junio, por el que se autorizaba la emisión de Obligaciones del Instituto Nacional de Industria, 1.ª emisión de 1986, que posteriormente asumió el Estado por la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, esta Dirección General hace público:
1. El tipo nominal de interés que, a efectos de lo previsto en el artículo 3.º del Real Decreto 1341/1986, resulta para las Obligaciones del Estado con plazo igual o superior a ocho años es el 8,77 por 100, que corresponde a la media ponderada por el nominal de los tipos nominales de interés de las siguientes emisiones efectuadas en el presente mes de julio de 1996:
Tipo nominal
de interés
-
(Porcentaje) / Nominal emitido
-
(Millones) / Emisión
15 de marzo de 1996, de Obligaciones del Estado a diez años / 8,80 / 125.999,50
15 de julio de 1996, de Obligaciones del Estado a quince años / 8,70 / 56.400,00
2. En consecuencia, las Obligaciones del Instituto Nacional de Industrial, 1.ª emisión de 1986, devengarán durante el undécimo año de vida de la emisión un interés nominal del 8,87 por 100.
Madrid, 16 de julio de 1996.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
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