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Documento BOE-A-1996-16624

Providencia de 9 de julio de 1996. Cuestión de inconstitucionalidad número 1325/96.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 20 de julio de 1996, páginas 22794 a 22794 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1996-16624

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de julio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.325/96, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Burgos, en relación con el artículo 1.2 y el apartado primero, punto 1, del Anexo del Decreto 632/1968, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, en la redacción dada por la disposición adicional octava de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, y, en concreto, respecto de sus expresiones «en todo caso» y «todos los daños», por posible contradicción con los artículos 14, 15, 24.1 y 117.3 de la Constitución.

Madrid, 9 de julio de 1996.-El Secretario de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 09/07/1996
  • Fecha de publicación: 20/07/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la inadmisión de la CUESTIÓN, por Auto de 29 de octubre de 1996 (Ref. BOE-A-1996-24750).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad de lo indicado del art. 1.2 y el apartado Primero, punto 1 del Anexo de la Ley de Uso y circulación de Vehiculos de Motor, texto refundido aprobado por el Decreto 632/1968, de 21 de marzo, en la redacción dada por la disposición adicional 8 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1968-454).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Indemnizaciones
  • Responsabilidad Civil
  • Seguros de vehículos de motor
  • Vehículos de motor

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