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Documento BOE-A-1996-16690

Orden de 4 de julio de 1996 por la que se asignan Zonas de Inspección de los Servicios.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 20 de julio de 1996, páginas 22861 a 22861 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-16690

TEXTO ORIGINAL

Sin perjuicio de que sus competencias se extiendan al conjunto del territorio nacional, el apartado dos del artículo 39 del Real Decreto 222/1987 (nueva redacción dada por el artículo 6.º del Real Decreto 1848/1991, de 30 de diciembre), prevé la estructuración de las Inspecciones de los Servicios de la Inspección General del Departamento con arreglo, entre otros, al criterio territorial, al objeto de facilitar la fluida y permanente relación de las mismas con los órganos territoriales del Departamento. De hecho, ya la Orden de 1 de junio de 1983 había determinado zonas de inspección en función del ámbito de las respectivas Comunidades Autónomas.

La última asignación de Zonas de Inspección de los Servicios fue efectuada por Orden de 31 de enero de 1995. Habiéndose producido desde dicha fecha alteraciones en los efectivos de Inspectores de los Servicios, procede efectuar una nueva asignación de zonas.

En su virtud dispongo:

Primero.-Para el mejor ejercicio de las funciones que, con arreglo a lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, según redacción dada al mismo por el artículo 6.º del Real Decreto 1848/1991, de 30 de diciembre, han de desempeñar los Inspectores de los Servicios de la Inspección General del Ministerio de Economía y Hacienda en relación con los órganos territoriales, se asignan las zonas que se indican a los Inspectores de los Servicios siguientes:

Zona 1.ª Andalucía: Don Joaquín del Pozo López.

Zona 2.ª Aragón: Don Alfonso Rubio Bazán.

Zona 3.ª Asturias: Don Celso J. Bermejo Sánchez.

Zona 4.ª Baleares: Doña Angelina Trigo Portela.

Zona 5.ª Canarias: Don Óscar Moreno Gil.

Zona 6.ª Cantabria: Don Celso J. Bermejo Sánchez.

Zona 7.ª Castilla-La Mancha: Don Jorge Buireu Guarro.

Zona 8.ª Castilla y León: Don Ángel Marrón Gómez.

Zona 9.ª Cataluña: Doña Carmen Iturriaga Fernández.

Zona 10. Extremadura: Doña Angelina Trigo Portela.

Zona 11. Galicia: Don Santiago Herrero Suazo.

Zona 12. La Rioja: Don Alfonso Rubio Bazán.

Zona 13. Madrid: Don Joaquín Soto Guinda.

Zona 14. Murcia: Don Juan Luis Sanchís Moll.

Zona 15. Navarra: Don Guillermo Bauzá Cardona.

Zona 16. País Vasco: Don Guillermo Bauzá Cardona.

Zona 17. Valencia: Don Fernando Pérez-Olivares Hinojosa.

Zona 18. Ceuta y Melilla: Don Celso J. Bermejo Sánchez.

Segundo.-No obstante lo establecido en el apartado primero, los Inspectores de los Servicios están facultados para el reglamentario desempeño de sus funciones en cualesquiera de las Zonas de Inspección del territorio nacional.

Lo que comunico a V. V. E. E. y V. V. I. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 4 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 22 de julio de 1985), el Subsecretario, Fernando Díez Moreno.

Excmos. Sres. Secretarios de Estado e Ilmos. Sres. Subsecretario e Inspectora general del Ministerio de Economía y Hacienda.

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