En el recurso contencioso-administrativo número 682/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Vertisol de España, Sociedad Limitada», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de octubre de 1992 y 17 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 17 de febrero de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: 1) Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Vertisol de España, Sociedad Limitada", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de octubre de 1992 y contra la de 17 de enero de 1994 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la anterior, que anulamos por no hallarse ajustadas a Derecho.
2) Con estimación de la demanda, ordenamos al organismo demandado que registre la marca mixta número 1.546.670 para "tejidos para persianas y cortinas verticales", de la clase 24.
3) No hacemos imposición de costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de mayo de 1996.-El Director general Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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