En el recurso contencioso-administrativo 01/0000266/1993, interpuesto por la representación de «Sociedad Cooperativa Colegio La Salle Santiago y Santa Margarita» contra la Orden de 13 de abril de 1993, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 6 de octubre de 1995, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación del la "Sociedad Cooperativa Colegio La Salle Santiago y Santa Margarita" (Trujillo, Cáceres), contra la resolución reseñada en el antecedente de hecho primero de esta sentencia, debemos declarar, y declaramos, ser la misma conforme a la Constitución, con imposición de costas a la parte actora».
Dispuesto por Resolución de 14 de junio de 1996, el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos, esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 24 de junio de 1996.-El Director general, Francisco López Rupérez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.
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