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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), dictada en el recurso número 2.020/1993, interpuesto por doña Esperanza Louzán Álvarez, sobre pensión de orfandad.
Madrid, 27 de junio de 1996.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
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