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Documento BOE-A-1996-17674

Orden de 5 de julio de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 3/1301/1993, promovido por don Simón Pedro de la Cal Lubiano.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 1996, páginas 23740 a 23741 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-17674

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 26 de marzo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1301/1993, en el que son partes, de una, como demandante don Simón Pedro de la Cal Lubiano, y de otra, como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 16 de junio de 1993, que declaró inadmisible el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del propio Departamento de fecha 28 de noviembre de 1991, sobre integración en Cuerpos de Tecnologías de la Información.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Que desestimamos el presente recurso interpuesto por don Simón Pedro de la Cal Lubiano, funcionario del Cuerpo de Técnicos Especializados de Correos y Telégrafos, contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de 28 de noviembre de 1991 y 16 de junio de 1993, ésta en reposición, descritas en el primero de los antecedentes de hecho sobre integración automática en los Cuerpos de Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, por considerarlas ajustadas al ordenamiento jurídico, en cuanto a los extremos impugnados y sustanciados en las presentes actuaciones, declarando su confirmación.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 5 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime RodríguezArana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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