Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (La Coruña), con fecha 17 de abril de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 645/1992, promovido por doña Visitación Cubino Gallego, sobre integración en el grupo B; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por doña Visitación Cubino Gallego, contra silencio administrativo por parte del Ministerio a recurso de alzada interpuesto contra resolución de la Subdirección General de 31 de marzo de 1992, sobre denegación de integración en el grupo B. Sin hacer imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 10 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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