Visto el expediente iniciado a instancia de don Avelino Álvarez Fernández, en nombre y representación de la titularidad, en solicitud de modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Joyfe», sito en la calle León V de Armenia, números 6 y 8, de Madrid,
Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:
Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Joyfe», sito en la calle León V de Armenia, números 6 y 8, de Madrid, que quedará configurado como a continuación se señala:
Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: «Joyfe».
Domicilio: Calle León V de Armenia, números 6 y 8.
Localidad: Madrid.
Municipio: Madrid.
Provincia: Madrid.
Titular: «Centro de Instrucción y Enseñanza, Sociedad Limitada».
Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria.
Capacidad: Número de unidades: Cuatro.
Número de puestos escolares: 116.
Bachillerato:
Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales:
Capacidad:
Número de unidades: Cuatro.
Número de puestos escolares: 140.
Segundo.-Provisionalmente, y en tanto se implanten las enseñanzas definitivas, con arreglo al nuevo sistema educativo, el centro podrá impartir las siguientes enseñanzas:
a) Bachillerato Unificado y Polivalente: Cinco unidades, 153 puestos escolares.
b) Formación Profesional: 360 puestos escolares.
b-1) Formación Profesional de primer grado:
Rama Administrativa y Comercial, profesión Administrativa.
Rama Electricidad, profesión Electrónica.
b-2) Formación Profesional de segundo grado:
Rama Administrativa y Comercial, especialidad Administrativa.
Rama Electricidad y Electrónica, especialidad Electrónica Industrial.
Tercero.-A partir del curso académico 1996/1997 se producirá la extinción de la autorización de las Secciones de Formación Profesional de primero y segundo grados, autorizadas por Órdenes de 13 de octubre de 1975 y 2 de febrero de 1982, ya que dichas Secciones se integran en el centro de Educación Secundaria «Joyfe».
Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 5 de julio de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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