Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 21 de mayo de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 325/1993, promovido por «Industrias Lácteas Montelarreina, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción a la legislación vigente en materia de quesos, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Lydia Leiva Cavero, en nombre y representación de la entidad "Industrias Lácteas Montelarreina, Sociedad Anónima", contra la Resolución presunta del Consejo de Ministros, confirmada por la expresa de 28 de septiembre de 1989, que le imponía al recurrente sanción de 8.950.000 pesetas, por infracción de la legislación vigente en materia de quesos, por aparecer las Resoluciones impugnadas ajustadas a Derecho. Sin que haya lugar a expresa condena en costas a ninguna de las partes.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 10 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
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