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Documento BOE-A-1996-1829

Orden de 5 de enero de 1996 por la que se modifica la autorización de los centros privados de Educación Primaria y de Bachillerato denominados «Balmes», de Móstoles (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 1996, páginas 2708 a 2708 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-1829

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado a instancia de don Valentín Morcillo Morcillo, titular de los centros docentes privados denominados «Balmes», domiciliados en la calle Río Llobregat, número 2, de Móstoles (Madrid), solicitando modificación de la autorización de los centros por ampliación de tres unidades de Bachillerato Unificado y Polivalente y reducción de tres unidades de Educación Primaria,

Este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, ha resuelto:

Primero.-Modificar la autorización de los centros privados de Educación Primaria y Bachillerato «Balmes», domiciliados en la calle Río Llobregat, número 2, de Móstoles (Madrid), que quedan configurados del modo siguiente:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Balmes».

Domicilio: Calle Río Llobregat, número 2.

Localidad: Móstoles.

Provincia: Madrid.

Persona o entidad titular: Don Valentín Morcillo Morcillo.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.

Número de unidades: 16.

Número de puestos escolares: 400.

B) Denominación genérica: Centro de Bachillerato.

Denominación específica: «Balmes».

Domicilio: Calle Río Llobregat, número 2.

Localidad: Móstoles.

Provincia: Madrid.

Persona o entidad titular: Don Valentín Morcillo Morcillo.

Enseñanzas que se autorizan: Bachillerato Unificado y Polivalente, y Curso de Orientación Universitaria.

Número de unidades: 10.

Número de puestos escolares: 330.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del centro de adaptarse al número máximo de alumnos por aula, previsto en el artículo 21.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, en los plazos previstos en la normativa que regula el calendario de implantación del nuevo sistema educativo.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 5 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), la Directora general, Carmen Maestro Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.

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