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Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 6 de marzo de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 29/1994, promovido por «Exportadora Vinícola Valenciana, Sociedad Anónima», sobre retraso en el pago de las ayudas a la elaboración de zumo de uva, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Exportadora Vinícola Valenciana, Sociedad Anónima" (VINIVAL), contra la Resolución del Director general de Servicios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, dictada por delegación, de 14 de julio de 1993, que desestimó la reclamación de daños y perjuicios formulada por la interesada, por ser dicha Resolución, en los extremos examinados, conforme con el ordenamiento jurídico.
Y todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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