Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 26 de enero de 1996 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima), en el recurso contencioso-administrativo número 858/1994, promovido por doña María Dolores Rebollo Codón, contra Resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria de la pretensión de la recurrente de que la cuantía de todos los trienios que tiene reconocidos sea la correspondiente al grupo al que actualmente pertenece, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Dolores Rebollo Codón, contra la resolución de no valorización de trienios en la cuantía correspondiente al grupo B al que actualmente pertenece el funcionario, debemos declarar y declaramos que dicha Resolución es conforme a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 11 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general técnico.
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