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Documento BOE-A-1996-18537

Orden de 29 de julio de 1996 por la que se aprueba el cuadro nacional de atribución de frecuencias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 9 de agosto de 1996, páginas 24767 a 24767 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1996-18537
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1996/07/29/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, dispone en el número 1 de su artículo 7, que la gestión del dominio público radioeléctrico, su administración y control corresponde al Estado.

En ejecución de ello, el Reglamento de desarrollo de la citada Ley, en relación con el dominio público radioeléctrico y los servicios de valor añadido que utilicen dicho dominio, aprobado por el Real Decreto 844/1989, de 7 de julio, en su artículo 6.º establece que el Ministro de Fomento aprobará el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF), con el contenido que señala dicho precepto, a fin de lograr la ordenada utilización coordinada y eficaz del dominio público radioeléctrico.

La aprobación del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias tuvo lugar por Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 29 de diciembre de 1989, que fue modificada por las Órdenes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de 11 de junio de 1991, de 18 de mayo de 1992, y de 18 de junio de 1993.

La evolución tecnológica en materia de radiocomunicaciones en los últimos años y las decisiones y recomendaciones de los diversos organismos internacionales competentes de los que España forma parte hacen necesaria una nueva modificación del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF). No obstante, la amplitud de las modificaciones a introducir, que afectan a la práctica totalidad del cuadro anterior, aconseja la aprobación de uno nuevo que sustituya al actualmente en vigor.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Se aprueba el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, que se inserta como anexo a esta Orden.

Segundo.-Se faculta al Director general de Telecomunicaciones para efectuar las correcciones que resulten necesarias en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias si los valores que en él se reflejan sufren alguna alteración como consecuencia de tratados o acuerdos internacionales de los que sea parte del Estado español.

Tercero.-Se autoriza al Director general de Telecomunicaciones para que dicte cuantas instrucciones sean necesarias para la aplicación del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.

Cuarto.-El Director general de Telecomunicaciones podrá autorizar usos de carácter temporal o experimental diferentes de los señalados en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, que no causen perturbaciones en estaciones radioeléctricas legalmente autorizadas y que funcionen de acuerdo con el mismo.

Quinto.-Quedan derogadas la Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 29 de diciembre de 1989, por la que se aprueba el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, y las Órdenes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de 11 de junio de 1991, por la que se modifica el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, de 18 de mayo de 1992, por la que se salvan las omisiones y errores padecidos en la Orden anterior, y de 18 de junio de 1993, por la que se modifica el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF).

Sexto.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de julio de 1996.

ARIAS-SALGADO MONTALVO

Ilmos. Sres. Secretario general de Comunicaciones y Director general de Telecomunicaciones.

En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/07/1996
  • Fecha de publicación: 09/08/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 10/08/1996
  • Fecha de derogación: 14/08/1998
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden de 22 de julio de 1998 (Ref. BOE-A-1998-19819).
  • SE CORRIGEN errores completa, por Orden de 18 de diciembre de 1996 (Ref. BOE-A-1997-429).
Referencias anteriores
  • DEROGA:
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 6 del Reglamento aprobado por Real Decreto 844/1989, de 7 de julio (Ref. BOE-A-1989-16573).
    • art. 7.1 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28143).
Materias
  • Correos y Telégrafos
  • Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias
  • Dominio Público Radioeléctrico
  • Radioaficionados
  • Radiodifusión
  • Radiotelefonía
  • Radiotelegrafía
  • Telecomunicaciones
  • Teléfonos

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