En el recurso contencioso-administrativo número 1.295/1994 y otros acumulados, interpuestos por don Carlos Martínez Roca, doña Isabel Pardo Sánchez y doña Marina Hernández López, contra Resoluciones del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), sobre denegación de abono de trienios, se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 16 de marzo de 1996, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Carlos Martínez Roca, doña Isabel Pardo Sánchez y doña Marina Hernández López, contra las Resoluciones de no valoración de trienios en la cuantía correspondiente al Grupo al que actualmente pertenecen los funcionarios recurrentes, debemos declarar y declaramos que dichas Resoluciones son conformes a Derecho; sin imposición de las costas del proceso. Así, por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.
Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid