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En cumplimiento de lo solicitado por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo antes referido interpuesto por don Luis Gil Gómez, contra Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de febrero de 1996, en solicitud de indemnización por los posibles perjuicios ocasionados en su patrimonio, derivados del Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 1969, que determinó el cierre del puesto de control aduanero y policial de La Línea de la Concepción.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 64.1 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala, en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Madrid, 25 de julio de 1996.-El Subsecretario, Juan Junquera González.
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