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Documento BOE-A-1996-19362

Resolución de 25 de julio de 1996, de la Dirección General de Industria, por la que se reconoce la conformidad con las exigencias establecidas en la Orden de 14 de mayo de 1986 del Ministerio de Industria y Energía, de los aparatos sanitarios cerámicos provenientes de Portugal, fabricados por la empresa Sanitana cuando tal circunstancia esté certificada por el Instituto Portugués da Qualidade (IPQ).

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 22 de agosto de 1996, páginas 25868 a 25868 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-19362

TEXTO ORIGINAL

A los efectos procedentes este centro directivo ha acordado publicar la resolución siguiente:

El Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 89/106/CEE, establece en su artículo 9.2 un procedimiento especial que hace posible, en ausencia de las correspondientes especificaciones técnicas europeas armonizadas, la comercialización y utilización en territorio español de productos de construcción provenientes de otros Estados miembros de la Unión Europea.

En aplicación de tal procedimiento, las autoridades del Estado de Portugal han propuesto al Instituto Portugués da Qualidade, como organismo autorizado para certificar la conformidad de los aparatos sanitarios cerámicos fabricados por la empresa Sanitana en dicho Estado, con relación a las exigencias de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 14 de mayo de 1986, por la que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los aparatos sanitarios cerámicos para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos para su homologación por el Ministerio de Industria y Energía («Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio).

Una vez realizado y concluido el oportuno intercambio de información, analizadas las circunstancias que concurren y en virtud de lo establecido en el párrafo 2, del artículo 9, del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, ya mencionado, resuelvo:

Primero.-Reconocer que los aparatos sanitarios cerámicos provenientes del Estado de Portugal, fabricados por la empresa Sanitana, son conformes con las exigencias establecidas en la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 14 de mayo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio), para la homologación de los aparatos sanitarios cerámicos que se utilizan en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos, ya que han superado los ensayos e inspecciones correspondientes, efectuados ambos de acuerdo con los métodos establecidos en la mencionada Orden y que tal circunstancia ha sido certificada por el Instituto Portugués da Qualidade, organismo autorizado a este efecto por las autoridades de aquel Estado, con validez hasta el 20 de septiembre de 1999.

Segundo.-Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la presente Resolución para general conocimiento y, en particular, el de las Administraciones competentes, a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2, del artículo 9, del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva 89/106/CEE.

Madrid, 31 de julio de 1996.-El Director general, Pablo Guardans i Cambó.

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