Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 9 de febrero de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.782/1991, promovido por don Pedro Moreno Garrido y otros, sobre subvención por reconversión del tabaco; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador don Juan Antonio García San Miguel y Orueta, en nombre y representación de don Pedro Moreno Garrido, don Manuel Cortés Maquedano, don Antonio Cortés Maquedano y doña Teresa Rodríguez Hernández, contra las Resoluciones presuntamente desestimatorias, por silencio negativo, del Director de la Agencia Nacional de Tabaco, de las pretensiones de las actoras de abono de subvención, anulamos las Resoluciones citadas por no ser conformes al ordenamiento jurídico y declaramos el derecho de cada uno de los recurrentes a percibir, por la campaña 1989-1990, la subvención de 120 pesetas por kilogramo de tabaco reconvertido a «Virginia» y condenamos a la Administración a abonarles dichas subvenciones con excepción de la recurrente doña Teresa Rodríguez Hernández, y condenamos a la Administración abonarles dichas subvenciones con excepción de la recurrente doña Teresa Rodríguez Hernández, al no reunir los requisitos necesarios previstos normativamente, sin intereses. No hacemos expresa condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 31 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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