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Documento BOE-A-1996-19373

Resolución de 27 de junio de 1996, de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, por la que se resuelve poner fin al expediente incoado mediante Resolución de 5 de marzo de 1993, de la Dirección General de Bienes Culturales, que acordaba la incoación de expediente para la inscripción especifica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del yacimiento arqueológico Hacienda «El Corzo», situado en el kilómetro 15 de la carretera Mairena-Brenes, termino municipal de Carmona (Sevilla).

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 22 de agosto de 1996, páginas 25872 a 25872 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1996-19373

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 5 de marzo de 1993, de la Dirección General de Bienes Culturales, acordaba la incoación de expediente para la inscripción específica en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del yacimiento arqueológico Hacienda «El Corzo», situado en el kilómetro 15 de la carretera Mairena-Brenes, término municipal de Carmona (Sevilla), con el fin de lograr una protección individualizada del mismo, según el procedimiento establecido en la Ley 1/1991, de 3 de julio.

Posteriormente se ha comprobado la inexistencia de restos arqueológicos en la zona, pues ha sido urbanizada y el yacimiento destruido, en consecuencia, el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bienes Culturales, propone se deje sin efecto la resolución inicial de incoación, al considerarse tal situación.

La Ley de Procedimiento Administrativo dedica el capítulo IV del título IV, a la regulación de los distintos modos de terminación del procedimiento: Resolución, renuncia, desistimiento y caducidad, sin embargo, el hecho de que se limite a éstos no quiere decir que en nuestro ordenamiento no se admitan otras; pues, a mayor abundamiento y, conforme preceptiva al efecto el artículo 87.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas.

En su virtud, al amparo de lo establecido en los artículos 3 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 74.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, al no existir pronunciamiento sobre el fondo, por la imposibilidad material de continuar el procedimiento a la vista de las circunstancias sobrevenidas que constan en el expediente, resuelvo poner fin al expediente incoado mediante Resolución de 5 de marzo de 1993 de la Dirección General de Bienes Culturales para la inscripción específica en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, categoría zona arqueológica, a favor del yacimiento denominado Hacienda «El Corzo», situado en el kilómetro 15 de la carretera Mairena-Brenes, término municipal de Carmona (Sevilla).

Contra esta Resolución cabrá interponer recurso ordinario ante la excelentísima señora Consejera de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día de la publicación.

Sevilla, 27 de junio de 1996.-El Director general, Marcelino Sánchez Ruiz.

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