Visto el expediente de indulto de don Juan Marín Reinaldos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia, en sentencia de fecha 30 de septiembre de 1994, como autor de un delito continuado de estafa, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y multa de 30.000 pesetas y un delito continuado de falsificación de documentos mercantiles, a la pena de seis meses y un día de prisión menor y multa de 30.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1986, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de julio de 1996,
Vengo en indultar a don Juan Marín Reinaldos las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de las condenas.
Dado en Madrid a 5 de julio de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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