La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 11 de abril de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 5/1654/1993, en el que son partes, de una, como demandante, doña Isabel Tovar Zapata, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 8 de septiembre de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fe- cha 14 de mayo de 1993, sobre compatibilidad de actividades.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de doña Isabel Tovar Zapata contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 8 de septiembre de 1993, desestimatoria del recurso de reposición promovido frente a la Resolución del mismo Ministerio de 14 de mayo de 1993, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes a derecho; sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 5 de agosto de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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