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Documento BOE-A-1996-19731

Orden de 5 de agosto de 1996 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 129/1993, promovido por doña Lorena Arroyo Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 27 de agosto de 1996, páginas 26351 a 26351 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-19731

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia con fecha 4 de mayo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 129/1993, en el que son partes, de una, como demandante doña Lorena Arroyo Fernández, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 3 de diciembre de 1992, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra el acto de la Comisión Permanente de Selección de Personal, sobre la realización de la segunda parte del primer ejercicio de las pruebas selectivas unitarias de promoción interna para ingreso en los Cuerpos General Administrativo de la Administración del Estado y Seguridad Social, convocadas por Resolución de 25 de mayo de 1992.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Lorena Arroyo Fernández, contra la resolución de la Comisión Permanente de Selección de Personal, que no le permitió realizar la segunda parte del primer ejercicio de las pruebas selectivas unitarias, por promoción interna, para el ingreso en los Cuerpos General de la Administración del Estado y de la Seguridad Social, convocadas por Resolución de 25 de mayo de 1992, y contra la de 17 de diciembre de 1992, que desestimó el recurso de alzada, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones ajustadas a Derecho, confirmando las mismas; sin hacer expresa imposición de las costas del recurso.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 5 de agosto de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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