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Documento BOE-A-1996-19741

Orden de 5 de agosto de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1906/1993, promovido por doña María Aleida Pérez Cabrera.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 27 de agosto de 1996, páginas 26354 a 26354 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-19741

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 7 de mayo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1906/1993 en el que son partes, de una, como demandante, doña María Aleida Pérez Cabrera, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 22 de septiembre de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 30 de junio de 1993, sobre compatibilidad de actividades.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Desestimar el presente recurso número 3/1906/93, interpuesto por don Saturnino Estévez Rodríguez, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de doña María Aleida Pérez Cabrera, contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 30 de junio de 1993, que deniega la compatibilidad entre el puesto de Analista, de la residencia sanitaria «Virgen de la Candelaria», de Santa Cruz de Tenerife del Instituto Nacional de la Salud y su actividad privada como Farmacéutica titular de oficina de farmacia en la localidad de Fasnia, de la misma provincia, así como contra Resolución de 22 de septiembre de 1993, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la anterior, resoluciones que se confirman por ser conformes al ordenamiento jurídico.

Segundo.-No hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 5 de agosto de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime Rodrí- guez-Arana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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