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Documento BOE-A-1996-20052

Orden de 16 de julio de 1996 por la que se resuelve el concurso de méritos para la adscripción de una plaza de funcionario del grupo D de las Administraciones Públicas al servicio del Tribunal Constitucional.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 3 de septiembre de 1996, páginas 26864 a 26864 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-20052

TEXTO ORIGINAL

Convocado por Orden de 15 de febrero de 1996, del Ministerio para las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» del 27) concurso de méritos para la adscripción de una plaza de funcionario del grupo D, de las Administraciones Públicas, al servicio del Tribunal Constitucional,

Este Ministerio, de acuerdo con lo indicado en la base quinta de la mencionada convocatoria y a propuesta del excelentísimo señor Presidente de dicho Tribunal, resuelve:

Primero.-Adscribir al servicio del Tribunal Constitucional en la plaza vacante de Auxiliar, grupo D, nivel 14 de complemento de destino, a la funcionaria del grupo D, de la Administración del Estado, doña Rosa María Arandilla Astigarraga, número de Registro de Personal 51346226.13 A1146.

Segundo.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, por radicar el destino de procedencia de la mencionada funcionaria en la localidad de Madrid. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden.

Tercero.-La funcionaria nombrada para cubrir la indicada plaza queda adscrita al Tribunal Constitucional por un período de dos años, en las condiciones previstas en el Reglamento de Organización y Personal del mismo y en la base séptima de la Orden de convocatoria del concurso de méritos, pasando a la situación administrativa de servicios especiales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.2 e), de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según lo establecido en el indicado artículo y número, penúltimo párrafo y normativa complementaria, no pudiendo participar en ningún concurso que se convoque dentro de los dos años siguientes a su toma de posesión.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, y previa comunicación a este Ministerio, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 16 de julio de 1996.

RAJOY BREY

Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Constitucional e Ilmo. Sr. Director general de la Función Pública.

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