Vacante un puesto de trabajo en esta Universidad, dotado presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente y urgente en atención a las necesidades del servicio,
Este Rectorado en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18, en relación con el 3º, e) de la Ley de Reforma Universitaria y por el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos de trabajo de la Universidad y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Bases de la convocatoria
Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos y Escalas clasificados en los grupos B y C comprendidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción del personal Docente e Investigador, Sanitario, de Correos y Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte Aéreo y Meteorología.
2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicio en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de la situación de suspenso que hayan cumplido el período de suspensión, excedencia voluntaria y excedencia para el cuidado de hijos.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurridos dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio.
4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.
5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular (artículo 29, 3, c) de la Ley 30/1984) sólo podrán participar si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha situación.
6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de hijos durante el primer año del período de excedencia, sólo podrán participar si han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido, salvo que participen para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado, departamento u organismo en el que tengan reservado el puesto de trabajo.
7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar en la propia solicitud de vacantes la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados que no supongan una modificación exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la información que estime necesaria en orden a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los competentes del Ministerio de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.
Tercera.-El puesto de trabajo que puede solicitarse se detalla en el anexo I. Para acceder a este puesto de trabajo, los concursantes habrán de reunir los requisitos de grupo que se señalan en el anexo I y Cuerpo o Escala de los establecidos en la relación de puestos de trabajo de esta Universidad.
Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se detalla:
4.1 Jefatura de Sección de Personal de Administración de Servicios.
Primera fase:
4.1.1 Grado personal consolidado.
4.1.1.1 Por grado personal superior en dos niveles o más al del puesto solicitado: 3 puntos.
4.1.1.2 Por grado personal igual al del puesto solicitado: 2,50 puntos.
4.1.1.3 Por grado personal inferior en dos niveles al del puesto solicitado: 2 puntos.
4.1.1.4 Por grado personal inferior en cuatro niveles al del puesto solicitado: 1,50 puntos.
4.1.1.5 Por grado personal inferior en seis niveles o más al del puesto solicitado: 1 punto.
4.1.2 Valoración del trabajo desarrollado.
4.1.2.1 Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto idéntico al que se solicita: 0,40 puntos por año o fracción superior a seis meses hasta un máximo de 4 puntos.
4.1.2.2 Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto similar al que se solicita: 0,20 puntos por año o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 4 puntos.
A los efectos de valoración de este mérito, se consideran idénticos los puestos desempeñados en la misma Unidad Administrativa, considerándose ésta la inmediatamente superior al puesto objeto del concurso, y similares todos los puestos desempeñados en la UNED.
La puntuación máxima por este apartado será de 4 puntos.
4.1.3. Antigüedad en la Administración.
4.1.3.1 Por cada año de servicios reconocidos en la Administración o fracción superior a seis meses, 0,10 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.
4.1.3.2 Por cada año de servicios prestados en la UNED o fracción superior a seis meses, 0,20 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.
A los efectos de valoración, no se computarán los años de servicio que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.
La puntuación máxima por este apartado será de 3 puntos.
Segunda fase:
Para acceder a la segunda fase, el aspirante deberá obtener en la primera 3 puntos como mínimo.
4.1.4 Méritos específicos.
En concepto de méritos adecuados a las características del puesto de trabajo, se valorarán los reseñados en cada convocatoria como determinantes de la idoneidad de quien aspire a desempeñar el puesto.
Para la valoración de estos méritos, los interesados deberán presentar, además de las certificaciones, títulos o justificantes que estimen pertinentes, su currículum vitae profesional.
La Comisión de Valoración celebrará además entrevistas por cada candidato/a que versarán sobre los méritos específicos adecuados a las características del puesto, así como los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño, a juicio de la persona candidata. La puntuación máxima para esta fase será de 2 puntos.
La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases.
En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en la primera fase de este baremo.
Quinta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos imprescindibles, deberá ser acreditados por certificado, en copia del modelo que figura como anexo V de esta Resolución. Dicho certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado de hijos durante el primer año de permanencia en esta situación.
En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas, asimismo dependientes de la Secretaría de Estado, tales certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del Ministerio y organismo donde tuvieran su último destino definitivo.
Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación de su período de suspensión.
3. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Sexta.-1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, dirigidas al excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo publicado como anexo II de esta Resolución y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contra del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad, calle Bravo Murillo, 38, código postal 28015, Madrid, o en las oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El/la concursante deberá unir a la solicitud la documentación que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice, adaptándose al efecto a los modelos que figura en los anexos respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.
Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo III y IV: Solicitud de participación.
Anexo V: Certificación de la Unidad de Personal.
Séptima.-1. El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo de la base cuarta.
2. En caso de empate en la puntuación se acudirá, para discernirlo, a la otorgada en los méritos alegados según el orden establecido en la base cuarta.
De persistir el empate, se atenderá al mayor tiempo de servicios efectivos prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas.
Octava.-1. Los méritos serán valorados por la siguiente Comisión:
Titulares:
Presidente: Don Juan José de la Vega Viñambres, Gerente de la Universidad.
Vocales: Doña Paloma Isla Alvarez de Tejera, Jefa de Servicio e Infraestructura; doña María Teresa Mendiguchia González, Vicegerenta de Coordinación Administrativa; don Aurelio Pascual Cuesta, Jefe del Servicio de Ordenación Académica, y doña Elva Soberón Galán, en representación de la Junta de Personal.
Secretaria: Doña María Roca Bernal, Jefa del Servicio de Personal.
Suplentes:
Presidenta: Doña María Antonia González Díez, Jefa del Servicio de Presupuestos y Sistemas.
Vocales: Doña Paloma Centeno Fernández, Jefa del Servicio de Investigación; don Ramón Escuder Cabrejas, Jefe del Servicio de Secretaría General, y doña Victoria Zarza Montero, en representación de la Junta de Personal.
Secretario: Don Indalecio Sánchez Gil, Jefe del Servicio de Contabilidad.
Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrán optar entre ambos puestos de trabajo, viniendo obligados a comunicar la opción realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del otro puesto.
2. Los traslados a que puedan dar lugar las adjudicaciones de los puestos de trabajo tendrán, a todos los efectos, consideración de voluntarios.
3. No se admitirán solicitudes de renuncia fuera del plazo de presentación de solicitudes, a excepción de lo previsto en el número 1 de esta base.
Décima.-1. El concurso se decidirá por Resolución del Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», determinándose el puesto de trabajo que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.
2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días si radica en la misma localidad o de un mes si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la resolución que resuelve el concurso. Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde el día siguiente a dicha publicación.
El Subsecretario del Departamento en que preste sus servicios el/la funcionario/a, el órgano competente en materia de personal del organismo o el Rector de la Universidad correspondiente podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese por necesidades del servicio de hasta veinte días, debiendo comunicarse ésta al Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Asimismo, podrá concederse una prórroga de incorporación por este Rectorado de hasta veinte días si el funcionario seleccionado tiene su destino de origen en otra localidad y así lo solicita el interesado por razones justificadas. Excepcionalmente, a propuesta del Departamento u organismo en que preste sus servicios el funcionario, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciados en cada caso por el Secretario de Estado para la Administración Pública, podrá aplazarse la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga de aquél prevista en el párrafo anterior.
Dicho aplazamiento deberá comunicarse a este Rectorado.
3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido concedidos a los interesados.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo.
Undécima.-La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 13 de diciembre de 1995.-El Rector, Jenaro Costas Rodríguez.
ANEXO I
Localidad de destino: Madrid
Número de plazas / Denominación del puesto / Nivel / Complemento específico / Grupo
1 / Jefe/a de Sección de Personal de Administración y Servicios / 22 / 810.488 / B/C
ANEXO II
Méritos específicos
Descripción del puesto:
Jefe/a de la Sección de Personal de Administración y Servicios:
Conocimiento y experiencia en la gestión de personal: 1 punto.
Conocimiento y experiencia en dirección de equipos de trabajo: 0,25 puntos.
Conocimientos generales de microinformática y sistemas de información y mecanización: 0,25 puntos.
Entrevista: 0,50 puntos.
ANEXO III
Concurso de méritos convocado por Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha ..............
(«Boletín Oficial del Estado» num. ...........)
Solicitud de participación en el concurso de méritos que formula:
Don/doña Documento nacional de identidad número Domicilio Teléfono ..................... Localidad CP ............. Administración a la que pertenece Número de Registro de Personal Grupo ....... Grado consolidado .........
Solicita: Participar en el concurso referenciado en el encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al efecto acompaña reseña del puesto al que asipira, así como la documentación que en el índice se detalla, justificativa de circunstancias, requisitos y méritos.
En a ....... de de 199.......
ANEXO IV
Concurso de méritos convocado por Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha .............
(«Boletín Oficial del Estado» núm. .............)
Reseña del puesto que solicita don/doña
Número del puesto / Denominación del puesto / / / / /
ANEXO V-1
(El certificado debe extenderse por la Unidad de Personal del organismo donde preste servicios el/la funcionario/a)
Don/doña Cargo
Certifico: Los datos que siguen previa verificación del expediente personal de la persona interesada (1).
1. DATOS PERSONALES.
Apellidos y nombre Cuerpo o Escala Grupo ............. DNI Código de Cuerpo o Escala ............... NRP 2. SITUACION ADMINISTRATIVA.
(Señálese el recuadro correspondiente, cumplimentando los datos adicionales, en su caso.)
i Servicio activo.
i Servicios especiales.
i Servicio en Comunidades Autónomas.
i Suspensión de funciones.
i Fecha de finalización del período de suspensión
i Excedencia forzosa.
i Excedencia voluntaria.
i Art. 29.4 (2) o apartado ........... Art. 29.3, Ley 30/1984.
i Fecha de cese en el servicio activo
i Otras situaciones
i Servicio activo
3. PUESTO DE TRABAJO.
Definitivo (3) Provisional (4)
Organismo Localidad Denominación Fecha de toma posesión Nivel complemento destino ...................
4. PUESTO DE TRABAJO DESEMPEÑADO EN COMISION DE SERVICIOS (5).
Organismo Localidad Denominación Fecha de toma posesión Nivel complemento destino ...................
5. PARTICULARIDADES (determinar en su caso).
i Se encuentra exceptuado del período de permanencia previsto en base primera, número 3.
i Por tener destino dentro de la UNED.
i Por haber sido removido del puesto de trabajo al que accedió por concurso o libre designación.
i Por supresión del puesto de trabajo.
ANEXO V-2
6. MERITOS QUE ACREDITA (base cuarta).
6.1 Que tiene consolidado grado
6.2 Puesto de trabajo desempeñado en la actualidad
6.2 Años y meses .........................
Otros puestos desempeñados: Denominación / Desde / Hasta / Años y meses completos / / / / / / / / / / / / / / / / / /
6.3 Antigüedad en la UNED. Tiempo de servicio efectivo reconocido:
6.3 Años ............... Meses ............... Días...............
6.4 Antigüedad en otras Administraciones. Tiempo de servicio reconocido:
6.3 Años ............... Meses ............... Días...............
Lo que expido a petición de la persona interesada y para que surta efectos en el concurso de méritos convocado por Resolución de la UNED con fecha ............ de de 199 .......... («Boletín Oficial del Estado» de ).
El/la Jefe/a de la Unidad de Personal,
(Lugar, fecha, firma y sello)
(1) Los datos se referirán a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
(2) Si no hubiera transcurrido un año desde la fecha de cese, deberá cumplimentarse el apartado 3 (puesto de trabajo).
(3) Puestos obtenidos por concurso, libre designación, nuevo ingreso y permuta.
(4) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo y por los motivos previstos en el artículo 72.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
(5) En caso de desempeñar un puesto de trabajo en comisión de servicios, cumplimentar también el apartado 3, referido al puesto de trabajo en propiedad.
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