La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Burgos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia, con fecha 19 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 1.385/95, en el que son partes, como demandante, doña Luisa Aragues Bornaechea, y como demandada, la Universidad de Valladolid.
El citado recurso se promovió contra la Resolución rectoral de la Universidad de Valladolid, de 5 de septiembre de 1995, desestimatoria de la petición de retribuciones por el período de 1 de octubre de 1986 a 1 de octubre de 1989, relativas a los servicios prestados en la Escuela Universitaria de Profesorado de Educación General Básica de Burgos.
La parte dispositiva de la citada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallo: Se declara la inadmisibilidad del presente recurso y ello sin hacer expresa condena en costas.
Contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno.
A su tiempo devuélvase el expediente al órgano de procedencia con certificación de esta sentencia, de la que se unirá otra a los autos originales.
Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo y el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia.
Valladolid, 22 de agosto de 1996.-El Rector, Francisco Javier Álvarez Guisasola.
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