Para general conocimiento y cumplimiento en su propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 16 de febrero de 1996 por el Tribunal Superior de Justicia de la Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 628/1994 y acumulado número 629/1994, promovidos respectivamente por doña Pilar Rodríguez de la Iglesia y don Julián Sánchez Valverde, contra Resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria de la pretensión de los recurrentes de que la cuantía de todos los trienios que tienen reconocidos sea la correspondiente al grupo al que actualmente pertenecen, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo contra las Resoluciones de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo, de fechas 21 de diciembre de 1993 y 5 de enero de 1994, de no valoración de trienios en la cuantía correspondiente al grupo al que actualmente pertenecen los funcionarios, de que se hace mención en el encabezamiento, debemos declarar y declaramos, que dicha resolución es conforme a Derecho; sin imposición de costas del proceso.»
Lo que digo a V. I. a los efectos dispuestos en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 2 de agosto de 1996.- P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general técnico.
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