La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 2 de octubre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 3/604/94 en el que son partes, de una, como demandante, don Luis Diaz-Ambrona Bajardi, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra resolución presunta del Ministerio para las Administraciones Públicas, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 7 de abril de 1987, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallo: Rechazamos la inadmisibilidad pretendida por el Abogado del Estado, y resolviendo el fondo desestimamos íntegramente el presente recurso contencioso-administrativo número 3/604/1994, interpuesto por don Luis Diaz-Ambrona Bardaji, contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 7 de abril de 1987, y su conformación posterior en reposición por silencio administrativo, que denegó al actor su petición de compatibilidad entre la actividad pública de Letrado del Estado Jefe, Delegación del Gobierno en Extremadura, Servicio Jurídico del Estado, Ministerio de Justicia, Badajoz, y la actividad privada de ejercicio de la Abogacía, por recibir complemento específico, resoluciones que se confirman en los aspectos objeto del recurso, por ser conformes al ordenamiento jurídico; sin expresa imposición de las costas causadas en este proceso.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 17 de enero de 1996.-P. D. (Orden 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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