En el recurso contencioso-administrativo número 78/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia por «Emac Complementos, Sociedad Limitada», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 14 de julio de 1993, se ha dictado, con fecha 14 de mayo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil "Emac Complementos, Sociedad Limitada", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 14 de julio de 1993, estimando parcialmente el recurso de reposición planteado contra acuerdo de 5 de agosto de 1992, que concedía al modelo industrial (M. I. número 124.879, series A, B, C, D, E y F, por perfiles para revestimientos de paredes y suelos, dejándolo reducido sólo para las variantes B y C, revocándolo para las restantes.
Dicha Resolución se anula y deja sin efecto, reconociendo a la actora, como situación jurídica individualizada, el derecho a obtener la concesión de dicho modelo industrial con todas las variantes citadas.
No ha lugar a condenar en costas a ninguna de las partes litigantes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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