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Documento BOE-A-1996-2069

Resolución de 16 de enero de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Canarias para la ejecución de un proyecto de protección y recuperación del Parque Arqueológico de la Cueva Pintada, de Galdar (Gran Canaria).

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 1996, páginas 3286 a 3286 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-2069

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Canarias el Convenio de colaboración para la ejecución de un proyecto de protección y recuperación del Parque Arqueológico de la Cueva Pintada, de Gáldar (Gran Canaria), y en cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 16 de enero de 1996.-La Secretaria general técnica, María Eugenia Zabarte Martínez de Aguirre.

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA Y LA CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS PARA LA EJECUCION DEL PARQUE ARQUEOLOGICO DE LA CUEVA PINTADA DE GALDAR, (GRAN CANARIA)

Madrid, 19 de diciembre de 1995.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señor doña Carmen Alborch Bataller, Ministra de Cultura, actuando por delegación del Gobierno de la Nación, en virtud del acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto), y de otra, el excelentísimo señor don José Mendoza Cabrera, Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto), manifiestan su voluntad de colaborar en la ejecución del Parque Arqueológico de la Cueva Pintada, de Gáldar (Gran Canaria), teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 46 y 149.2 de la Constitución y en el Real Decreto 3355/1983, de 28 de diciembre, sobre el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de cultura a la Comunidad Autónoma de Canarias («Boletín Oficial del Estado» de 27 de enero de 1984), cuyo apartado B.1 a.4) del anexo I prevé que la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma podrán establecer convenios para actuar conjuntamente sobre determinados bienes a los que hacen referencia los párrafos a.2) y a.3) en las condiciones que en cada caso se fijen por mutuo acuerdo.

Por todo ello, las partes firmantes,

EXPONEN

Su voluntad de continuar la colaboración iniciada tras la firma el 21 de agosto de 1989 del Convenio para la realización de un proyecto de intervención interdisciplinar en el Parque Arqueológico de la Cueva Pintada, de Gáldar, declarado bien de interés cultural por Decreto 1434/1972, de 25 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 7 de junio).

Transcurridos los cinco años de vigencia del Convenio aludido, en la actualidad, ambas partes se proponen afrontar, durante los próximos cuatro años, en la medida de lo posible, el proyecto de protección y recuperación de este singular y significativo elemento del patrimonio histórico de Gran Canaria, de acuerdo con las siguientes

CLAUSULAS

Primera.-El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde el momento de su firma y supondrá una inversión aproximada a los 380.000.000 de pesetas, que serán financiados al 50 por 100 entre las dos Administraciones firmantes.

Segunda.-Las obras de cubrición de la Cueva y construcción de dependencias anejas se realizarán de acuerdo con el proyecto de ejecución elaborado al efecto, que deberá ser aprobado por la Dirección General de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura y por la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias.

Tercera.-Las contrataciones derivadas de dicha intervención se llevarán a cabo por la Comunidad Autónoma de Canarias, pudiendo intervenir con voz y voto un representante del Ministerio de Cultura en la Mesa de Contratación que se reúna para llevar a efecto la adjudicación de las obras.

Cuarta.-Las modificaciones del importe de la inversión previsto en la cláusula primera que pudieran producirse motivadas por el proceso de licitación y por la propia marcha de la obra (reformados, liquidaciones, revisión de precios, etc.) aumentará o minorará las aportaciones de las partes financiadoras en la proporción establecida con anterioridad.

Quinta.-Para el control y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión de la que formarán parte el Director general de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, el Director general de Patrimonio Histórico de la Viceconsejería de Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, el Subdirector general de Monumentos y Arqueología del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura y el Jefe del Servicio de Patrimonio Histórico.

Dicha Comisión actuará como medio para intercambiar información y apoyo técnico sobre la forma de llevar a cabo las actuaciones previstas, pudiendo convocar a aquellas personas que considere conveniente de acuerdo con las cuestiones a tratar.

Sexta.-Ambas partes se comprometen a realizar gestiones acerca del Ayuntamiento de Gáldar y del Cabildo Insular de Gran Canaria con el fin de conseguir su colaboración, tanto para la financiación como para la posterior puesta en funcionamiento y conservación.

Séptima.-La vigencia del presente Convenio finalizará en el momento en que las actuaciones previstas lleguen a su término o en el plazo marcado en la cláusula primera, pudiendo ser prorrogado por el tiempo necesario para su finalización.

Octava.-La efectividad del presente Convenio queda supeditada a la condición de que en los Presupuestos Generales del Estado y en los del Gobierno Canario, para el período de su vigencia, se consignen las cantidades necesarias para su cumplimiento.

En prueba de conformidad se firma el presente Convenio, por duplicado, en el lugar y fecha antes indicados.

La Ministra de Cultura, Carmen Alborch Bataller.-El Consejero de Educación, Cultura y Deportes, José Mendoza Cabrera.

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