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Documento BOE-A-1996-20982

Orden de 30 de agosto de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.689/1993, promovido por don Miguel Sánchez Lozano.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 18 de septiembre de 1996, páginas 28127 a 28127 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-20982

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 5 de marzo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.689/1993, en el que son partes, de una, como demandante, don Miguel Sánchez Lozano, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 17 de agosto de 1993, que desestimaba el recurso de reposición, interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 7 de mayo de 1993, sobre Compatibilidad de Actividades.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso, número 03/1.689/93, interpuesto por don Eduardo Fernández de Blas, Letrado, en nombre y representación de don Miguel Sánchez Lozano, contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de 7 de mayo de 1993 y 17 de agosto de 1993, ésta en reposición, descritas en el primero de los antecedentes de hecho, que se consideran ajustadas al ordenamiento jurídico, declarando su confirmación respecto a la incompatibilidad entre las actividades del sector público, y su pase a la situación de excedencia voluntaria en la secundaria, contenida en la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 7 de mayo de 1993, que pretende desempeñar el recurrente.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 30 de agosto de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime RodríguezArana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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