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Documento BOE-A-1996-21066

Orden de 5 de septiembre de 1996 por la que se convoca concurso para provisión de destinos en el ministerio fiscal.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 20 de septiembre de 1996, páginas 28356 a 28358 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1996-21066

TEXTO ORIGINAL

Se convoca concurso para provisión de los destinos en el ministerio fiscal que se relacionan a continuación:

I. Plaza vacantes a proveer exclusivamente por fiscales de la segunda categoría

Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado: Una plaza de Inspector Fiscal.

II. Plazas vacantes a proveer por fiscales de la segunda o tercera categoría

Comunidad Autónoma de Andalucía

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Teniente Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Adscripción permanente de Avilés de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: Dos plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos plazas de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Salamanca: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de Fiscal.

Adscripción permanente de Granollers de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción permanente de Manresa de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Fiscalía de Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Orense: Una plaza de Teniente Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Tres plazas de Fiscal.

Adscripción permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Fiscal.

Adscripción permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Tres plazas de Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Dos plazas de Fiscal.

País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Tres plazas de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Dos plazas de Fiscal.

III. Plazas vacantes a proveer por fiscales de la tercera categoría

Comunidad Autónoma de Andalucía

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Cinco plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Huercal-Overa de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Cinco plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Linares de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Peñarroya-Pueblonuevo de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huesca: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Principado de Asturias

Adscripción permanente de Langreo de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Talavera de la Reina de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cuenca: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Palencia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Salamanca: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Soria: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Diez plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Tortosa de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extramadura

Adscripción permanente de Plasencia de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extramadura: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Zafra de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autnónoma de Galicia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Santiago de Compostela de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Cambados de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Vigo de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Mondoñedo de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Monforte de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de La Rioja

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Móstoles de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Foral de Navarra

Adscripción permanente de Tudela de la Fiscalía Superior de Justicia de Navarra: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Elx de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal. Adscripción permanente de Benidorm de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Tres plazas de Abogado Fiscal.

País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Barakaldo de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Bergara de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alava: Una plaza de de Abogado Fiscal.

El concurso se sujetará a las siguientes bases:

Primera.-Las solicitudes de los aspirantes, dirigidas a la Ministra de Justicia, por conducto de su jefe inmediato, se presentará ante este último dentro de los diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Segunda.-En las instancias según modelo que se acompaña en el anexo, los solicitantes consignarán:

a) Nombre, apellidos, categoría en la carrera, antigüedad, cargo que desempeñan, con expresión de las fechas en que fueron nombrados y tomaron posesión de los mismos.

b) Destino al que aspiran y, cuando sean varios, orden de prelación según sus preferencias.

c) Que, en caso de ser nombrados para el destino o destinos a que aspiren, no incurrirán en alguna de las incompatibilidades que establece el artículo 57 de la Ley 50/1981.

Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no aparezcan redactadas con claridad suficiente, carecerán de validez.

Tercera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los miembros del ministerio fiscal en quienes no concurran los requisitos establecidos para cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, respecto de las fiscalías donde estaban destinados mientras subsistan las causas que determinaron el traslado.

c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado por ellos.

d) Los suspensos, mientras la suspensión no se levante.

e) Los que lleven menos de un año, contado desde la fecha de posesión, en plaza a la que hubieran accedido voluntariamente.

Cuarta.-Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias, una vez consignada en las solicitudes la fecha de la presentación, las remitirán sin dilación al Fiscal General del Estado, y al día siguiente de terminado el plazo de presentación de instancias, comunicarán al Fiscal General del Estado telegráficamente el número de instancias presentadas o el hecho de no haberse presentado ninguna.

Quinta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una vez evacuado elevará a este Ministerio la propuesta de los nombramientos que procedan, a la que acompañará tanto las instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.

Sexta.-Recibidas las propuestas de nombramiento, este Departamento las elevará al Consejo de Ministerios o resolverá directamente, según procediere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 50/1981.

Séptima.-De conformidad con lo previsto en la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 298/1996, de 23 de febrero, por el que se establece la plantilla orgánica del ministerio fiscal, a los abogados fiscales reasignados en plazas relacionadas en el artículo 5 del citado Real Decreto y que ejercitaron el derecho de opción a continuar en el destino que venían desempeñando, se les adjudicará de forma automática en la resolución del presente concurso, una plaza de las ofertadas en su fiscalía, de idéntica categoría a la plaza reasignada que ocupaban, siempre que no fuese cubierta por otro peticionario con mayor antigüedad en el escalafón.

Octava.-En aplicación de lo establecido en la regla 4.ª de la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, las plazas incluidas en el apartado II (plazas vacantes a proveer por Fiscales de la segunda o tercera categorías), que hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a los Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran destinados en la fiscalía o, en su caso, en la adscripción permanente a las que dichas plazas pertenezcan.

Madrid, 5 de septiembre de 1996.

MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

ANEXO QUE SE CITA

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN CONCURSO DE TRASLADOS DE LA CARRERA FISCAL

Apellidos:

Nombre: /

DNI:

Fiscal: /

Antigüedad de: / / / Categoría personal:

Ab. fiscal:

Número escalafón o en su defecto

número de promoción:

Destino actual

y categoría

de la plaza: / Fecha nombram.: / /

Fecha posesión: / /

Solicito participar en el concurso convocado por Orden , publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de , a las plazas que, por orden preferente, a continuación se relacionan:

Declaro que, caso de ser nombrado para cualquiera de los destinos solicitados, no incurriré en alguna de las incompatibilidades o prohibiciones que establecen los artículos 57 y 58 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre.

Fecha y firma,

Excma. Sra. Ministra de Justicia.

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