Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-21288

Resolución de 6 de septiembre de 1996, de la Dirección General de Recursos humanos del INSALUD, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el concurso-oposición para acceso a plazas de ATS/DUE y se dispone la reserva del 3 por 100 de las plazas para aspirantes minusválidos.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 25 de septiembre de 1996, páginas 28679 a 28684 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1996-21288

TEXTO ORIGINAL

En desarrollo de lo dispuesto en la Resolución de 24 de enero de 1996, de la extinguida Secretaría General del Instituto Nacional de la Salud «Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero de 1996, por la que se convoca concurso.oposición libre para el acceso a plazas de ATS/DUE, modificada por la Resolución de 5 de septiembre de 1996, de la Dirección General de Recursos Humanos del INSALUD,

Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.12 del Real Decreto 1893/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, de sus organismos autónomos y del Instituto Nacional de la Salud («Boletín Oficial del Estado» del 6), resuelve:

Primero.-Aprobar la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de conformidad con lo establecido en la base cuarta.A de la convocatoria.

Desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», se pondrá a disposición de los interesados la relación completa de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, en esta Dirección General de Recursos Humanos, en las Direcciones Provinciales del INSALUD y en los Gobiernos Civiles de aquellas comunidades autónomas que hubieran asumido las competencias de este Instituto.

Segundo.-Publicar como anexo I a la presente Resolución la relación completa de aspirantes excluidos, con expresión de las causas de exclusión.

Causas de exclusión

C. Localidad de examen errónea.

D. No aporta número de documento nacional de identidad.

G. Nacionalidad no acorde con las normas de la convocatoria.

H. Carece de la titulación exigida.

J. No abona los derechos de examen.

K. Instancia presentada fuera de plazo.

M. Fecha de nacimiento ausente o no acorde con las normas de la convocatoria.

V. No aporta solicitud según modelo oficial.

X. Presenta más de una solicitud para la misma categoría.

Z. Renuncia a participar en las pruebas selectivas.

Tanto los aspirantes excluidos, como cualquier otro aspirante que hubiera detectado algún error respecto de los datos consignados en su solicitud, dispondrán de un plazo de diez días a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución, para subsanar la causa o causas que determinan su exclusión, o los defectos apreciados. Los escritos de subsanación deberán dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del INSALUD, Subdirección General de Gestión de Personal, calle Alcalá, 56, 28014 Madrid.

Tercero.-Los aspirantes que figuran excluidos por la causa C, y que no subsanen en la forma prevista en el párrafo anterior, serán incluidos de oficio en la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas, en las que se les asignará Madrid como localidad de examen.

Cuarto.-Los aspirantes que en su instancia solicitaron concurrir por el sistema de promoción interna, pero no adjuntaron el certificado que a estos efectos se demanda en la base segunda C de la convocatoria, se adscriben provisionalmente al turno libre, y aparecen relacionados en el anexo II de esta Resolución.

Se adscriben también al sistema de acceso libre los aspirantes que solicitaron concursar por el de promoción interna y adjuntaron el certificado que arriba se menciona, pero en él se advierte que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la base segunda B para participar en él, y se relacionan en el anexo III de esta Resolución.

Todos estos aspirantes disponen del plazo de subsanación que se establece en el apartado segundo de la presente Resolución. En el caso de que no subsanen adecuadamente quedarán definitivamente adscritos al sistema de acceso libre.

Quinto.-La Ley 30/1984, de 2 de agosto, en su disposición adicional decimonovena, introducida por la Ley 23/1984, de 28 de julio, preceptúa que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 3 por 100 de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que superen las pruebas selectivas y acrediten el grado de discapacidad indicado y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

Para dar cumplimiento a este precepto legal, se anuncia que del total de las convocadas, 83 plazas, se reservan para ser cubiertas por aspirantes discapacitados en los que concurran las circunstancias arriba mencionadas, según se dispone en el artículo 19 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Esta reserva se aplicará al sistema general de acceso libre. En el supuesto de que tales plazas no sean cubiertas total o parcialmente se acumularán a dicho turno.

En consecuencia, y de conformidad con lo previsto en la base tercera de la convocatoria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», podrán presentar solicitud para participar en las pruebas selectivas, acogiéndose a la reserva de plazas que se regula en la presente Resolución, todas aquellas personas que reúnan dicha condición, debiendo acreditar el grado de discapacidad mediante fotocopia compulsada de la Resolución Administrativa por la que se reconoce la condición de minusválido. El modelo oficial de solicitud estará a disposición de los interesados en la sede de esta Dirección General de Recursos Humanos, en las Direcciones Provinciales de este Instituto y en los Gobiernos Civiles de las provincias cuyas comunidades autónomas hubieran asumido las competencias del INSALUD.

Asimismo, durante este plazo, todos aquellos aspirantes que ya han presentado solicitud para participar en las pruebas selectivas y que ostenten la condición de minusválidos, podrán solicitar, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos del INSALUD, Subdirección General de Gestión de Personal, su inclusión en el cupo de reserva a personas con minusvalías, debiendo acreditar, igualmente, dicha condición conforme a lo previsto en el párrafo anterior.

El Tribunal establecerá para las personas con minusvalías que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las pruebas. A tal efecto, los interesados deberán formular la petición correspondiente. Dichas adaptaciones no podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como en la base octava 4 de la convocatoria, los aspirantes que se acojan a esta reserva y resulten adjudicatarios de plaza, deberán acreditar, antes de tomar posesión de ella, su capacidad para ejercer las funciones correspondientes, no impedida por su minusvalía.

Madrid, 6 de septiembre de 1996.-El Director general, Fernando Vicente Fuentes.

(ANEXO I OMITIDO)

ANEXO II

Álvarez García, Bárbara.

Beato Beato, Araceli.

Beneyto Ruiz, Ángel.

Cabrera Portill, María del Carmen.

Casado Rubio, Pablo Esteban.

Castellano Moreno, María Antonia.

Coello Viejo, Carmen.

Corres Urrechu, Jesús Miguel.

Escalante Cabrera, Ramona Isabel.

Fernández García, María Teresa.

Fernández Sánchez, Rosario.

García López de los Mozos, Mercedes.

García Quiróga, Consolación Veralides.

García Sigüenza, Gabriel.

Giner Domínguez, Adriana.

Gutiérrez Martín, Yolanda.

Heras Gómez, Isaías.

Herrero Pascua, María Isabel.

Iglesias Hernández, Josefa.

Izquierdo Bueno, Begoña.

Lechuga Durán, Isabel.

López Durán, Ángel María.

López Lorenzo, María Jesús.

Mostes Muñoz, Carmen.

Munuera Fernández, Ana María.

Muñoz Benítez, Miguel Angel.

Nacimiento Alonso, Lourdes del

Pascual Gabarre, María Jesús.

Pérez Jiménez, María Yolanda.

Ramírez Briones, María Inmaculada.

Reguero Santano, Concepción.

Rodríguez Cerones, María del Carmen.

Romero Corbacho, María Gracia.

Sánchez de la Rosa, Luis Daniel.

Tello Sánchez, María del Carmen.

Vadillo Hernández, María Teresa.

Valverde López, María Consuelo.

ANEXO III

Albarrán Becerra, Isabel.

Álvarez Ortuño, Isabel.

Bometón Erezuela, Silvia.

Cardo Gómez, Julita.

Casado Casado, Purificación.

Casal Pita, Mercedes.

Chamarro Ballestero, María Luisa.

Cócera Sesé, Alicia.

Colomer Santonja, José Luis.

Domínguez Carmona, Joaquín.

Domínguez Martín, Francisco Javier.

Duarte Peña, María Pilar.

García Fernández, Magdalena.

González Cascales, Manuela.

González Hernández, Antonia.

González Hernández, Ignacia.

González Sánchez, Domingo.

González Tudanca, Alicia.

Jiménez Gandía, Francisca.

Jiménez González, Avelino.

Jornet Garriga, María Teresa.

Lazare Rincón, María Elena.

Lazaún Lecea, Clara.

López Fernández, María Luisa.

López Precioso, Carmen Pilar.

Lozano Sanz-Calcedo, Isabel.

Llacer Morell, María del Carmen.

Martí Pérez, Ángeles.

Martínez Gandía, Miguel.

Martínez García, María Ángeles.

Martínez Nebreda, Cristina.

Martínez Tortosa, Miguel Ángel.

Molla Vicens, María Consuelo.

Moncho López, Antonio.

Palao Carpena, Martín.

Peláez Giménez, Agustín.

Redondo Saussol, Alicia.

Rico Martín, Carmen.

Seijas Fernández, Beatriz.

Selma Zapata, María Reyes.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid