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En virtud de lo dispuesto en el artículo 16.1.b), del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional, de 5 de julio de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de agosto), he resuelto delegar las funciones que corresponden a esta Presidencia como órgano de contratación, en el Secretario General del Tribunal Constitucional.
Madrid, 18 de septiembre de 1996.
RODRÍGUEZ BEREIJO
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