En el recurso contencioso-administrativo número 1.173-92, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Unión Regional de Cooperativas Hortofrutícolas de Canarias, contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de julio de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 8 de febrero de 1993, se ha dictado, con fecha 27 de febrero de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto en nombre y representación de Unión Regional de Cooperativas Hortofrutícolas de Canarias, URCHCA, contra el Acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 5 de julio de 1991 por el que se concedió el registro del modelo de utilidad número 8902918, bandeja envase para frutas, y contra la Resolución de fecha 8 de febrero de 1993 que desestimó expresamente el recurso de reposición interpuesto; declaramos dichos actos administrativos ajustados a Derecho, sin hacer expreso pronunciamiento respecto a las costas procesales causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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